Este martes, el Consejo de Alta Dirección Pública (CADP) dio a conocer cuál es el porcentaje de rebaja para las dietas parlamentarias, además de las remuneraciones para otras autoridades del Estado, en virtud de la ley promulgada en mayo pasado.
Ministros y parlamentarios ganarán en forma transitoria un 25% menos. La ley establece que la rebaja debe efectuarse respecto a la última remuneración percibida por las autoridades, la que, en el caso de parlamentarios y ministros, era de $9.349.853.
Nueva Remuneración
Tras efectuarse la reducción del 25% fijada por el Consejo ADP (cuatro votos a uno), este monto pasa a ser de $7.012.390, similar al valor nominal que ministros y parlamentarios recibían en el año 2010.
Con la rebaja, la relación entre la dieta parlamentaria y la remuneración de ministros de Estado se modificó: disminuyendo su distancia con el sueldo mínimo, de 29 a 22 veces y con el promedio de las remuneraciones de los ocupados, de 16 a 12 veces.
Los criterios serán ingresados esta jornada a Contraloría para ser revisados y que posteriormente se sumen a la rebaja también de otras autoridades como subsecretarios y el Presidente de la República.
Comparación internacional
Desde la perspectiva de la comparación internacional, las dietas brutas de los parlamentarios chilenos pasaron de ocupar el actual segundo lugar de la OCDE, con US$13.638 mensuales tras Estados Unidos, al séptimo lugar, con US$10.229, por debajo de Israel. A paridad de poder adquisitivo, pasó del primer al tercer lugar, con US$ PPA 17.516. En Latinoamérica ahora es Colombia quien tendrá a los parlamentarios mejor remunerados.
La nueva remuneración de los Ministros de Estado quedó por debajo del promedio de los países de la OCDE US$10.229 en Chile vs el nuevo promedio de US$12.966 en la OCDE y a US$ PPA pasó del segundo lugar, después de Suiza, al noveno lugar, por debajo de Austria.
Asignaciones
Es importante tener en cuenta que las asignaciones parlamentarias no son parte de la remuneración y no fueron encargadas al Consejo ADP por la reforma constitucional, por lo que no fueron alteradas por la decisión de este organismo.
Presidente y otras autoridades
El Consejo ADP rebajó en un 10% las remuneraciones del Presidente de la República; Subsecretarios; Intendentes y Gobernadores Provinciales; los Gobernadores Regionales; Delegados Presidenciales Regionales y Provinciales cuando asuman en sus cargos, y Secretarios Regionales Ministeriales y la remuneración de los funcionarios de exclusiva confianza del Presidente de la República fue de un 1%.
El Consejo ADP adelantó el plazo de 60 días adicionales de que disponía para pronunciarse respecto a estos cargos, debido a que estimó que deben analizarse todas las rebajas en forma sistémica por la interacción que en la estructura del Estado tienen todos los cargos considerados en la reforma.
Duración de monto transitorio
Consultado sobre cuánto tiempo van a regir los montos definidos por el Consejo de Alta Dirección Pública, su presidente, Aejandro Weber, señaló en mayo pasado a Meganoticias que esto depende de un proceso legislativo paralelo que tiene que llevarse a cabo.
“La reforma constitucional establece que es una comisión independiente de rango constitucional, formada por cinco miembros, quien fijará en el largo plazo estas remuneraciones. Para que esa comisión funcione, primero debe aprobarse una Ley Orgánica Constitucional que fije el funcionamiento, las responsabilidades, atribuciones y recursos con que contará esa comisión. Luego, tienen que nombrarse los cinco integrantes y luego tiene que sesionar”, señaló Weber.
Tres meses o cuatro años
En este sentido, el presidente del CADP apunta que la norma recientemente promulgada por el Presidente Piñera establece que la fijación definitiva de las nuevas remuneraciones, a cargo de la futura comisión de cinco miembros, debe realizarse con 18 meses de anticipación al fin de cada mandato presidencial, es decir, el próximo 11 de septiembre.
“Si no logra acometer su funcionamiento esta nueva comisión antes de ese plazo, entonces nos extendemos hacia el tramo superior de este rango que son cuatro años más, es decir, 18 meses antes que se cumpla el término del próximo período presidencial, por lo tanto, lo que nosotros hagamos como Consejo de Alta Dirección Pública en estos 30 y 90 días, podrá durar o tres meses o, eventualmente, cuatro años”, concluye Weber