Jefatura de la Defensa Nacional, Región de La Araucanía, informa a la comunidad

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⛔🔴 Jefatura de la Defensa Nacional, Región de La Araucanía

Comunicado de Prensa, Temuco, 29 de mayo de 2020

Se informa a la comunidad que, en atención a lo resuelto por la autoridad sanitaria, en donde se dispone el levantamiento, a partir del día de hoy 22:00 horas, del cordón sanitario para las comunas de Temuco y Padre Las Casas, el Jefe de la Defensa Nacional de la Región de La Araucanía, reitera a la ciudadanía el estricto cumplimiento de la Resolución Exenta N° 212 del Ministerio de Salud, de fecha 27 de marzo del 2020, numeral 29, conforme a lo siguiente:

“Dispóngase que los habitantes de la República, deberán continuar residiendo en su domicilio particular habitual. En consecuencia, prohíbase el desplazamiento de personas hacia otros lugares de residencia distintos a su domicilio particular habitual.

Por lo anteriormente expuesto, el no cumplimiento de la Resolución Exenta Nº 212, arriesga lo siguiente:

Ser denunciado al Ministerio Público, por la infracción al Artículo 318 del Código Penal.

Ser denunciado además, a la Autoridad Sanitaria, a fin de iniciar el Sumario correspondiente por incumplimiento de la Resolución Exenta Nº 212, con multas hasta un máximo de $ 50.000.000.

Lo anterior, será fiscalizado por personal de las Fuerzas Armadas, Carabineros de Chile y la PDI, en resguardo de toda la ciudadanía de la Región.

Finalmente, como Jefatura de la Defensa Nacional de la Región de La Araucanía, reiteramos nuestro compromiso y solicitamos la cooperación y respeto a las medidas dispuestas por las autoridades, para enfrentar de la mejor manera, la pandemia que está afectando a nuestro país.

Oficina de Relaciones Públicas y Comunicaciones del Jefe de la Defensa Nacional de la Región de La Araucanía
Destacamento de Montaña Nº 8 Tucapel, Av. Bernardo O`Higgins Nº 750, Temuco

Resumen: “Dispóngase que los habitantes de la República, deberán continuar residiendo en su domicilio particular habitual. En consecuencia, prohíbase el desplazamiento de personas hacia otros lugares de residencia distintos a su domicilio particular habitual.
es por el traslado a una segunda vivienda nada mas
Debe acreditar que vive ahí no puede ir por 2da vivienda están restringidos los desplazamientos

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